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Ratios numéricas y más aspectos de necesaria regulación

Julia Ruiz Julia Ruiz  •  03/02/2025  •  Sin comentarios

Código de la propuesta: CYL-2025-02-7946

Las ratios de personal tienen que tener en cuenta la realidad de los usuarios de estos centros en nuestra comunidad autónoma.

El decreto tiene que regular más aspectos de los que contiene el título, por ejemplo, los servios que deben prestarse de manera obligatoria en los centros de servicios sociales.

Las ratios, más allá de lo establecido en el acuerdo estatal, tienen que ser numéricas, no porcentuales, y diferenciadas para personal de atención directa y para personal técnico.

Para determinar las ratios del personal de atención directa, habrá que tener en cuenta:

- la realidad existente en nuestra comunidad en la que hay un número elevado de personas con un alto grado de dependencia.

- la necesidad de mantener la intensidad del servicio 24/7, lo que incluye noches, fines de semana y vacaciones.

- las exigencias reales que conlleva el trabajo de los cuidados.

Para el personal técnico, las ratios deberían cuantificarse en base a:

- los servicios que de manera obligatoria deberían prestarse en los centros y que tendrían que quedar expesamente enumerados en el texto.

- la intensidad que, partiendo de la evidencia científica sobre las necesidades de las personas dependientes, se considera adecuada para cumplir los objetivos del modelo establecido en la ley.