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Proyecto de Orden de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal, por la que se aprueba el plan anual de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales para el año 2024

En qué consiste

En el ámbito de la legislación forestal, el régimen jurídico de la prevención y extinción de incendios forestales se articula mediante la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, que atribuye a las administraciones públicas competentes la responsabilidad de la organización de la defensa contra los incendios forestales y contempla disposiciones sobre su prevención, detección y extinción.

La Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes tras la modificación introducida por el Real Decreto-ley 15/2022, de 1 de agosto, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de incendios forestales, en su artículo 48.1 encomienda a las Comunidades Autónomas, ante el riesgo general de incendios forestales, el cometido de elaborar y aprobar planes anuales para la prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales.

Con la finalidad de dar cumplimiento a las normas previstas en el Real Decreto-ley 15/2022, de 1 de agosto, se dictó el Decreto-Ley 2/2023, de 13 de abril, de Medidas Urgentes sobre Prevención y Extinción de Incendios Forestales, en el que, en su disposición final segunda aprobó el plan anual de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales para el año 2023.

Por todo ello, es necesario llevar a cabo una nueva actualización del plan anual de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales para el año 2024 de Castilla y León. Se incluye el proyecto de orden de aprobación del Plan en la plataforma de Gobierno Abierto y participación ciudadana para dar publicidad al mismo, conforme al artículo 48.1 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre y en su Anexo se incorpora el Plan.

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Riesgo interfaz urbano forestal

20/11/2023  •  1 comentario  •  Demontes

Riesgo interfaz urbano forestal

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RELACIÓN DE MUNICIPIOS DE PROTECCIÓN PRIORITARIA

15/11/2023  •  1 comentario  •  Soria ¡YA!

Pensamos, desde Soria ¡YA!, que en el Anexo III del Plan (Municipios de Protección Prioritaria) deben incluirse más municipios.

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