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Procedimiento para elaboración del proyecto de orden, por la que se regulan los cursos de incorporación a la empresa agraria en la Comunidad autónoma de Castilla y León.

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento se iniciará una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma. A tal efecto, se promueve una consulta pública previa para el proyecto de orden por la que se regulan los cursos de incorporación a la empresa agraria en la Comunidad de Castilla y León.

1.- Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

La regulación de la formación de los agricultores en Castilla y León para que puedan participar en los programas de incorporación de los jóvenes a la agricultura o de modernización de explotaciones, así como para obtener la calificación de explotaciones prioritarias, lo cual trae su base en diferente normativa sectorial que configura la posesión de un nivel de capacitación agraria suficiente como requisito para que los agricultores puedan obtener determinados beneficios frente a la Administración. Dicha regulación ha de realizarse desde un triple prisma: el programa formativo de los Cursos de incorporación a la empresa agraria (CIEA), las obligaciones de las entidades de formación para ser inscritas en el correspondiente registro que las habilita para impartir dichos cursos y el proceso de obtención del certificado de aprovechamiento de dichos cursos por los destinatarios de los mismos, el alumnado, a fin de poder conseguir los beneficios aludidos en la mencionada normativa sectorial.

2.- Necesidad y oportunidad de su aprobación.

La necesidad de la aprobación de la nueva Orden es sustituir a la actual Orden AYG/298/2017, de 10 de abril, por la que se regula los cursos de incorporación a la empresa agraria en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, a fin de adaptar el programa formativo a las nuevas exigencias del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027 (PEPAC), y a los cambios tecnológicos, económicos y sociales en que está inmerso el sector agrario, lo que implica la actualización y restructuración del contenido del temario, y el número de horas lectivas de los CIEA. También se apuesta por un enfoque práctico, y junto a la formación teórica, se introduce una parte práctica en la estructura de los cursos, constituida por las visitas a empresas agrarias y prácticas en Centros Integrados de Formación Profesional (CIFP) dependientes de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural. Otros cambios obedecen a la experiencia práctica, y así para garantizar una mejor calidad de la enseñanza en cercanía con el alumnado, se cambia la modalidad de formación online por una modalidad mixta, donde se combina la formación a distancia con formación presencial, y se da una mejor sistematización a la orden para una mejor comprensión por sus destinatarios. Por último, se crea el Registro de entidades de formación de CIEA, que sustituye a la Base de datos de entidades de formación de CIEA en Castilla y León, para darle una mayor autonomía y asegurar que los ciudadanos puedan verificar que las entidades de formación cumplen con la obligación de estar inscritas en dicho Registro.

3.- Objetivos de la norma.

Con esta normativa se pretende:

  • Regular las características y el programa formativo CIEA, necesarios para obtener la capacitación profesional suficiente exigida para la incorporación a la empresa agraria.
  • Crear el registro de entidades de formación para los CIEA.
  • Regular el proceso para la obtención por el alumnado del certificado de aprovechamiento correspondiente al CIEA. La finalidad de la presente orden es mejorar la capacitación empresarial de los profesionales del sector agrario, incrementando su profesionalización.

4.- Posibles soluciones regulatorias y no regulatorias.

No se contemplan otras posibles alternativas de regulación dentro del marco de la legalidad vigente.

¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?

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