Código de la propuesta: CYL-2023-10-7398
Aclarar la figura de los representantes .no es entendible por la ciudadanía de forma adecuada, lo confunden con los 3 testigos.
a veces intentan formalizarlo ante personal sanitario de la administración con la firma de 3 testigos no familiares y acaban volviendo al domicilio para obtener firmas de familiares y ponerlos como representantes. Este ítem es importante. Porque el representante. Podría ser uno de los posibles solicitantes , el día de mañana, de la solicitud de la prestación de ayuda para morir mediante eutanasia, según la lore 3/2021, puesto que el primer representante se queda con una de las copias que se entrega al usuario. Y la ley explicita que en ausencia de representantes o allegados que quieran solicitar la prestación, el médico que lee el documento de instrucciones previas “puede” no dice que “deba” obligatoriamente rellenar y cursar la solicitud, con lo que se estaría dando valor a la voluntad anticipada del usuario. Y se evitaría implicar al médico que lee el documento.
En el texto sometido a participación se utiliza la denominación de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica y no es competencia de esta Administración la tarea de coordinar los distintos servicios de salud.