Unificar en todas las comunidades autónomas el concepto de “instrucciones previas” o “documento de voluntades anticipadas” o “testamento vital”. Que es distinto de las “últimas voluntades”.
En el texto sometido a participación se utiliza la denominación de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica y no es competencia de esta Administración la tarea de coordinar los distintos servicios de salud.
En el texto sometido a participación se utiliza la denominación de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica y no es competencia de esta Administración la tarea de coordinar los distintos servicios de salud.