Proceso de legislación colaborativa
Procedimiento para la elaboración de la Ley de Salud Pública de Castilla y LeónCódigo de la propuesta: CYL-2023-09-7367
• NIVEL POLITICO: sería deseable la creación de una comisión o subcomisión One Health en el seno del Parlamento Autonómico donde se consensuara y materializara el concepto “Salud en todas las políticas” en el que estuvieran representados el resto de comisiones y se analizara el impacto de las nuevas leyes sobre la salud de la población y se vele porque los entornos donde las personas viven ofrezcan una protección eficaz frente a las amenazas para la salud, permitiéndoles desarrollar sus capacidades y aumentar su autonomía en la gestión de su propia salud.
• COORDINACION ENTRE NIVELES: • Es impotante que las políticas de salud pública se orienten hacia los diferentes niveles asistenciales haciendo uso de todas las herramientas disponibles en el sistema sanitario de manera que todos los profesionales sanitarios, incorporen la visión poblacional de la salud y la acción preventiva hacia el conjunto de las personas a las que se dirigen. Esta visión de la salud se incorporará a través de la cartera de servicios y se garantizará la acción mediante la incorporación progresiva de indicadores asociados al ejercicio de los profesionales sanitarios de acuerdo con sus respectivas funciones y competencias. • Los mecanismos de colaboración entre los órganos directivos del departamento responsable en materia de salud pública y el Servicio de Salud, y los instrumentos de gestión que en su caso se establezcan, incorporarán un apartado específico de intervenciones de salud pública que será evaluado periódicamente y que será coherente con las necesidades de la población a la vista de su estado de salud y sus determinantes. • De esta forma será un deber de los servicios asistenciales: o Llevar a cabo, a requerimiento de los servicios de salud pública o por criterio clínico, las pruebas, valoraciones diagnósticas, o intervenciones que resulten necesarias para la protección de la salud y prevención de la enfermedad. o Desarrollar intervenciones sobre los determinantes de la salud de la población mediante medidas de promoción de la salud en colaboración con otras Administraciones públicas o con agentes o colectivos sociales, especialmente de ámbito local. o Dirigir los servicios y desarrollar su actividad en coherencia con el objetivo de reducir las desigualdades y mejorar la salud de la población, insistiendo en los colectivos más vulnerables a la enfermedad. o Valorar y registrar los determinantes sociales y los hábitos de pacientes y usuarios como elementos fundamentales en el proceso preventivo, diagnóstico y reparador.
• Con el fin de facilitar la coordinación, la generación de información, la eficiencia de las intervenciones y la eficacia en la acción y teniendo en cuenta el importante rol que juega la atención primaria en la salud pública sería deseable contar en todos los equipos de atención primaria con un miembro designado ya sean de medicina o de enfermería, que asuma la referencia técnica de coordinación con el área de salud pública, incorporando a sus tareas asistenciales la comunicación y coordinación que en materia de prevención, promoción y sistemas de información se establezcan desde la dirección general responsable en materia de salud pública.
• REGISTROS: Dada la importancia de los determinantes sociales y ambientales en el mantenimiento de la salud, se considera necesaria también la incorporación de un registro digital de dichos determinantes asociados a la historia clínica electrónica que permita análisis futuros sobre el impacto de los mismos en los resultados en salud.
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