En qué consiste
Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública previa al procedimiento para la aprobación del Programa de Inversiones 2022-2028 para las universidades públicas de Castilla y León.
a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
El Estatuto de Autonomía de Castilla y León establece, en su artículo 73, que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades. En materia de enseñanza universitaria, en virtud del artículo 70.1.23 del Estatuto, la Comunidad de Castilla y León tiene como competencias exclusivas el fomento y desarrollo de la investigación, desarrollo e innovación en coordinación con la investigación científica y técnica estatal.
El título V la Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León, define un sistema de financiación universitaria destinado a garantizar la cobertura del servicio que la sociedad encomienda a las universidades basado en los principios de suficiencia financiera, transparencia, eficacia, eficiencia e incentivo en la consecución de objetivos, orientados a incentivar la mejor calidad del servicio de educación superior.
b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.** **
Dentro del mencionado título V, el artículo 49 prevé que la Junta de Castilla y León establecerá un programa plurianual de inversiones que tendrá por objeto el desarrollo, mejora y acondicionamiento de la infraestructura universitaria.
De igual forma, la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León 2021-2027, recoge en su Eje de Actuación 2.1, “Desarrollar y mantener las capacidades para la especialización inteligente”, entre sus Líneas de Actuación en Estructuras I+I, “Financiación de estructuras de I+I, incluyendo ayudas a las universidades públicas de Castilla y León para el desarrollo de capacidades”. Con esta actuación se pretende consolidar las infraestructuras de I+D+I y la optimización del mantenimiento de los equipos científicos de Castilla y León.
c) Objetivos de la norma.
El objetivo del programa es la necesaria adecuación, modernización y adaptación de las infraestructuras universitarias, que por sus repercusiones en el funcionamiento general de la Universidad permitan dar cumplimiento a las exigencias de la sociedad del futuro mediante una adecuada planificación.
El programa de inversiones planteado pretende dar continuidad a los anteriores programas de inversiones abordados por la Consejería de Educación en materia universitaria una vez finalizado el Programa de Infraestructuras de Investigación y Desarrollo Tecnológico 2016-2022 para las universidades públicas de Castilla y León.
d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No se aprecia ninguna.
Fecha de publicación 26 de septiembre de 2022
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 6 de octubre de 2022.
¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?
04/10/2022 • Sin comentarios •
Todo esto está muy bien pero haber si se incluye de forma específica la construcción de una Facultad de Medicina en León, acompañado de la financiación necesaria para el establecimiento del Grado en Medicina, por supuesto.Facultad de Medicina para León, ¡ya!