Proceso de legislación colaborativa
(2021/11) Anteproyecto de Ley de cuerpos y escalas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. (Cerrado)Código de la propuesta: CYL-2021-11-7132
Resulta increíble leer en ambas disposiciones que: '...pueden acceder a los Cuerpos y Escalas de personal funcionario del subgrupo de clasificación profesional A2, las personas que estén en posesión de las titulaciones de ingeniería técnica, diplomatura universitaria, arquitectura técnica o equivalente. A efectos de lo establecido en este artículo, se considera equivalente al título de diplomado universitario, el tener superados tres cursos completos de licenciatura y al título de ingeniero técnico, tener superados tres cursos completos de ingeniería.'De esta manera cualquiera que estudie una licenciatura, ingeniería o arquitectura con tres cursos terminados, SIN POSESION DE NINGÚN TITULO, los que sean, tienen posibilidad de ocupar plazas de Diplomados e Ingenieros Técnicos, incluso cualquiera que esté ya dentro de la administración ocupando plaza de licenciado, Ingeniero o Arquitecto puede ocupar las plazas de los diplomados e Ingenieros Técnicos.Con lo cual, manteniendo estas disposiciones se reducen aún más las posibilidades de ascenso y promoción de los diplomados e ingenieros técnicos dentro de la administración
De conformidad con lo dispuesto en la Disposición transitoria quinta de la Ley 30/1984 .de 2 de agosto, de medidas parta la reforma de la función Pública, ya preveía que a efectos de lo dispuesto en la misma, se considerará equivalente al título de Diplomado universitario el haber superado tres cursos completos de licenciatura. De la misma forma se establece en la Disposición adicional cuarta de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Publica de Castilla y León.