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Se debe explicitar la seguridad de la información en el ámbito del nuevo cuerpo de Sistemas y Tecnologías de la Información

#105882 #105882  •  12/11/2021  •  Sin comentarios

Código de la propuesta: CYL-2021-11-7110

La seguridad de la información se debe mencionar en las funciones de los Cuerpos de Sistemas y Tecnologías de la Información, tanto en el ámbito de cumplimiento como en el ámbito operativo.El Real Decreto del Esquema Nacional de Seguridad en su artículo Profesionalidad lo exige, siendo el Cuerpo mencionado el principal que viene garantizando (ahora como personal laboral gracias a una excepción en la actual Ley de F.P.) a nivel organizativo, procedimental, tecnológico y operativo, la custodia de los datos, la firma, el sellado, las auditorías, el control y cumplimiento, etc. de toda la seguridad de los sistemas de información.