Proceso de legislación colaborativa
(2021/11) Anteproyecto de Ley de cuerpos y escalas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. (Cerrado)Código de la propuesta: CYL-2021-11-7087
A los Agentes Medioambientales se les exige desde hace 15 años una titulación de técnico superior para el acceso a la función pública, lo que implica conforme a esta norma y al EBEP su inclusión en el grupo B, circunstancia que no se recoge, pero si la de los tecnicos superiores informáticos con el consiguiente agravio comparativo. A esto se le suma el mantenimiento del colectivo el el C1 reduciendo el nivel del título exigido a un ciclo medio. Se debe subsanar este desproposito y al igual que se crea en esta norma un Cuerpo de sistemas y tecnologías de la información se puede hacer lo mismo creando un cuerpo de Agentes Medioambientales, como sucede en otras comunidades autonomas. Representa el mismo esfuerzo y no resultaría comprensible su aplazamiento para redactarlo en una norma posterior cuando perfectamente se puede realizar en ésta, poniendo solución definitiva a la injusticia que se mantiene a lo largo de tantos años.
En relación a presente aportación, se da por reproducida la respuesta ya dada anteriormente en relación con los agentes medioambientales.