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Titulación Obligatoria para ejercer funciones de Voluntario

Mariano Cristóbal#123025 Mariano Cristóbal#123025  •  23/07/2021  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2021-07-7043

Ninguna persona podrá realizar ningún tipo de servicio hasta haber superado el curso básico de Voluntario de la Agencia de Protección Civil de la Junta de Castilla y León o formación equivalente de la Escuela Nacional de Protección Civil.
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  • Administrador #1  •  27/08/2021 12:50:16

    Muchas gracias por su participación.Según establece el artículo 21.3 del proyecto de decreto, la formación básica es obligatoria para las personas voluntarias de las agrupaciones y asociaciones de protección civil de la comunidad de Castilla y León. Tendrá una duración que no será inferior a 16 horas y se impartirá por la Agencia de Protección Civil, no obstante, los requisitos para que un voluntario pueda realizar servicios en la agrupación u asociación como voluntario, vendrá determinado por el propio reglamento o estatuto de la agrupación o asociación de voluntarios de protección civil.

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