Código de la propuesta: CYL-2021-07-7043
Ninguna persona podrá realizar ningún tipo de servicio hasta haber superado el curso básico de Voluntario de la Agencia de Protección Civil de la Junta de Castilla y León o formación equivalente de la Escuela Nacional de Protección Civil.
Muchas gracias por su participación.Según establece el artículo 21.3 del proyecto de decreto, la formación básica es obligatoria para las personas voluntarias de las agrupaciones y asociaciones de protección civil de la comunidad de Castilla y León. Tendrá una duración que no será inferior a 16 horas y se impartirá por la Agencia de Protección Civil, no obstante, los requisitos para que un voluntario pueda realizar servicios en la agrupación u asociación como voluntario, vendrá determinado por el propio reglamento o estatuto de la agrupación o asociación de voluntarios de protección civil.