En qué consiste
Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento , se sustanciará una consulta pública.
A tales efectos, se promueve una consulta pública previa para la elaboración de una orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos de investigación e innovación arqueológicas en Castilla y León.
a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
Las subvenciones persiguen, impulsar la investigación sobre el pasado de Castilla y León a través de la aplicación de la metodología arqueológica, con el objeto de generar y transferir conocimiento científico, aplicando metodologías interdisciplinares y técnicas novedosas. La actual situación económica y social ha provocado una profunda depresión de la actividad arqueológica profesional e institucional y, por ende, de los programas de Innovación y Desarrollo asociados. Asimismo, se pretende impulsar la recuperación y posterior acrecentamiento del estudio histórico mediante un decidido apoyo a los agentes investigadores fundamentales tales como Universidades y Centros de Investigación, así como a entidades privadas como asociaciones o pequeñas y medianas empresas que utilicen de forma productiva e innovadora los resultados del conocimiento generado.
b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.
La aprobación de estas bases reguladoras es necesaria por los siguientes motivos:
- La necesidad de apoyar el empleo de metodologías y búsqueda de objetivos adaptados a la situación económica actual fomentando iniciativas de estudio no incisivas en el patrimonio, y que procesen el ingente volumen de información tomada en las excavaciones y prospecciones realizadas los últimos años.
c) Objetivos de la norma.
El objetivo de la futura norma es establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos de investigación e innovación arqueológicas en Castilla y León. Se pretende fomentar el desarrollo de iniciativas que a través de la actividad arqueológica desarrollen estudios que formulen hipótesis sobre el pasado de Castilla y León, resulten originales en la tesis, innovadores en la metodología, y comprometidos con la transferencia de resultados al conjunto de la ciudadanía en general y a la comunidad científica en particular.
d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias
No se aprecia ninguna dentro del marco de la legalidad vigente.
Fecha de publicación 22 de marzo de 2021
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 1 de abril de 2021.
¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?
23/03/2021 • Sin comentarios •
1. Estar al día en la entrega de memorias anuales/quinquenales y depósito de materiales en el museo de referencia de anteriores permisos de intervención arqueológica.2. Tener concedido el permiso de intervención para la actividad para la que se solicita la intervención.3. No como un requisito, pero si habría que valorar el haber publicado resultados de intervenciones anteriores.
23/03/2021 • Sin comentarios •
Valoración de los Proyectos de investigación e Innovación:* La participación de grupos de diferentes instuciones* La aplicación de metodologias multisciplinares para el estudio del pasado* La solvencia científica de los grupos (producción científica en revistas especializadas, presentación congresos nacionales /internacionales, etc) * Labores de transferencia a la sociedad y acercamiento al mundo rural
23/03/2021 • Sin comentarios •
Dado que parece que las subvenciones se plantean por concurrencia competitiva, habría que que establecer dos marcos o escalas: universidades+centros de investigación y empresas+otras entidades privadas, de tal forma que se pueda concurrir con las mismas oportunidades. De hecho, sería oportuno que el calado científico del estudio/intervención tenga mucho mayor peso específico que, por ejemplo, el equipo de trabajo, pues listas interminables de grandes C.V. pueden no redundar necesariamente en buenos trabajos científicos, y viceversa