En qué consiste
El objeto de este decreto es proceder a la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad de Castilla y León.
Será de aplicación a las enseñanzas universitarias oficiales de grado, máster y doctorado impartidas por las universidades públicas y privadas de la Comunidad de Castilla y León.
Su finalidad es adecuar la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad de Castilla y León a las modificaciones introducidas en la normativa básica estatal, e incluir en su contenido tanto a las enseñanzas universitarias oficiales de doctorado como la totalidad de los aspectos procedimentales inherentes a esta ordenación, dotándose a los procedimientos en él regulados de una mayor eficacia y eficiencia mediante su simplificación administrativa y precisándose el régimen de autorización o reconocimiento al que ha de sujetarse la implantación o supresión de las enseñanzas según se trate de universidades públicas o privadas.
Fecha de publicación 1 de febrero de 2021
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 11 de febrero de 2021.
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09/02/2021 • 1 comentario •
En el Proyecto de Decreto de Ordenación de Títulos, ha desaparecido el texto referente al plan de viabilidad, que estaba en el artículo 6.2 del actual Decreto 64/2013 que se adjunta:'El criterio establecido en el apartado 1.a).1.º no se aplicará a las enseñanzas de grado declaradas de especial interés para la Comunidad de Castilla y León por orden del titular de la consejería competente en materia de universidades, ni a aquéllas impartidas por una única universidad pública de esta Comunidad Autónoma, ni a las que arrojen una media de alumnos de ingreso cercana a 35 y presenten una tendencia poco definida en cuanto a la evolución de su matriculación. En los dos últimos casos, la universidad implicada elaborará un plan, que deberá ser informado por la Comisión Académica del Consejo de Universidades de Castilla y León y aprobado por la dirección general competente en materia de universidades para que, en un plazo no superior a dos años, aumente en número de alumnos de nuevo ingreso de media. En caso de que no se produjese dicho aumento, se podría acudir al procedimientoestablecido en el artículo 7.'La Comisión de Ordenación Académica de la Universidad de Valladolid, debatió sobre el interés de conservar el plan de viabilidad como toma de decisiones estratégicas para sanear un título y contar con dos años de margen para implantarlo y obtener resultados. El “Informe sobre los planes de viabilidad de los estudios de grado presentados por las universidades públicas al amparo de lo establecido en el acuerdo entre las Universidades públicas de la Comunidad de Castilla y León y la Consejería de Educación sobre la implantación de nuevas enseñanzas de grado y máster en el periodo 2016-2019” puso de manifiesto que 10 de 37 grados mejoraron su matriculación y 3 superaron umbrales mínimos de matrícula. Un 8% de los títulos sometidos al plan de viabilidad han tenido éxito, lo que es un argumento para conservar esta herramienta de gestión de títulos.