Código de la propuesta: CYL-2020-10-6582
Se envían tres medidas que serían de fácil implantación en casi todos los centros de trabajo de la Junta de Castilla y León, sin coste alguno, y que facilitarían la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de los empleados de esta Administración Pública.1) Computar el tiempo trabajado por los empleados públicos de la Junta de Castilla y León, especialmente de los que el centro de trabajo no está en la capital de provincia, y el desplazamiento se debe hacer en autobús o vehículo privado, desde las 7:00 horas. Ésta medida facilitaría la conciliación de la vida personal y familiar de los empleados públicos sin suponer ningún coste adicional para la Administración Pública.En otras Administraciones públicas ya se computa como tiempo de trabajo desde las 7:00 horas, como por ejemplo la Diputación de Valladolid, que en el artículo 15 de su Convenio Colectivo recoge la jornada y horario de trabajo, dice: “1.- El horario de trabajo será el establecido en la normativa vigente que resulte de aplicación desarrollándose, con carácter general, de lunes a viernes, con un tiempo de obligada permanencia para facilitar la conciliación de la vida personal y familiar de todo el personal de 9 a 14 horas, pudiéndose completar la jornada entre las 7,00 horas y las 16,15 horas.”http://www.diputaciondevalladolid.es/extras/diputacion/personal-recursos-humanos/Convenio_2016-2019.pdfEsta medida facilitaría la conciliación de la vida personal y familiar de todos los empleados públicos y muy especialmente a los que tienen que desplazarse al centro de trabajo por medios de locomoción a motor, ya que no pueden ir andando al mismo.Por ejemplo, los empleados públicos que trabajan en los Servicios Centrales del Ecyl, situados en Arroyo de la Encomienda (C/ Jacinto Benavente, 2), al no estar en la ciudad de Valladolid, tienen que desplazarse en su vehículo particular o en autobús. Si las personas que van a trabajar en vehículo particular pudiesen ir sobre las 7:00, tardarían menos en llegar al puesto de trabajo porque hay mucho menos tráfico a esas horas. Las personas que van a trabajar en los primeros autobuses que les llevan desde Valladolid, llegan siempre al centro de trabajo antes de las 7:30, muchos días incluso antes de las 7:20, no contabilizándose el tiempo anterior a las 7:30 como tiempo trabajado.2) Que el tiempo de trabajo realizado de más un mes se sume al mes siguiente. Así se puede trabajar más tiempo un mes y acumularlo para otro mes que se necesite tener más tiempo disponible para conciliar la vida familiar y personal. 3) Que se puedan disfrutar las “Vacaciones” y los “Asuntos particulares” hasta el 31 de marzo del año siguiente a su generación.El punto 1 y 2 de las sugerencias están recogidos en el artículo 64 del Convenio colectivo vigente, y el punto 3 aparece en los artículos 72 y 78.
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