Volver

(2020/01) Procedimiento para la elaboración de una ley de garantías de atención a las personas con discapacidad de Castilla y León. (Cerrado)

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, se propone la consulta previa en el procedimiento para la elaboración de una ley, atendiendo a los siguientes extremos:

 

a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

La ley pretende garantizar la continuidad en la atención de las personas con discapacidad a lo largo de todo el ciclo vital, especialmente cuando no dispongan de familiares de referencia, procurando con ello protección, a la vez que autonomía y una mayor independencia, así como una mejor integración en todos los ámbitos de la vida.

b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.

Se considera necesario impulsar una norma que favorezca esa garantía de atención para las personas con discapacidad más vulnerables, complementaria de la normativa ya regulada sobre los derechos de las citadas personas, dando así respuesta a la demanda existente por parte del sector.

c) Objetivos de la norma.

La presente ley tiene por objeto determinar un sistema de planificación de apoyos destinado a aquellas personas con discapacidad que tengan limitada su autonomía personal para la toma de decisiones y para que, con el apoyo de su familia o representante legal, puedan manifestar sus preferencias sobre la atención integral, igualdad de oportunidades y la participación

d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

No se aprecia ninguna solución alternativa.

Fecha de publicación 17 de enero de 2020

 

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 27 de enero de 2020.

¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?

Ciclo vital 0-3 años

27/01/2020  •  Sin comentarios  •  Patricia Gálvez Delgado#179455

Por favor tengan en cuenta que no existen guarderias donde puedan atender las necesidades específicas de estos niños, normalmente las madres durante estos años dejan de lado su carrera profesional ya que el cuidado de estos niños requiere llevarles a especialistas prácticamente a diario, fisiorerapia, logopedia, estimulacion sensorial, terapia ocupacional siendo unos años importantisimos para su desarrollo por su mayor plasticidad neuronal y estructural ( musculos y huesos) que en muchos casos determinarán su autonomia e inclusion para toda la vida. Una guardería al menos por provincia en la que se recojan estas necesidades fomentaria la igualdad no solo de género sino también de oportunidades para los niños.Desde el AMPA del colegio el camino ( aspace salamanca) podemos presentarle un proyecto de guarderia inclusiva.

Necesitas iniciar sesión o registrarte para continuar.
1 voto