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AGENCIAS ANTICORRUPCIÓN. CALIDAD DE SU DISEÑO NORMATIVO

Luis M.#147222 Luis M.#147222  •  21/11/2019  •  Sin comentarios

Código de la propuesta: CYL-2019-11-6205

LAS AGENCIAS ANTICORRUPCIÓN. UNA PROPUESTA DE LISTA DE COMPROBACIÓN DE LA CALIDAD DE SU DISEÑO NORMATIVOR.I.T.I. nº 3 Enero-Abril 2017“El estudio analiza la razón por la que unidades administrativas específicas anticorrupción pueden ser útiles para prevenir y luchar contra este fenómeno, analizando sus posibles funciones, sus posibilidades y límites, así como cuál debería ser su posible diseño óptimo. Se considera el ámbito de sus funciones (lucha contra la corrupción y promoción del buen gobierno y del derecho a una buena administración de los ciudadanos) y se tienen en consideración en el trabajo las más recientes experiencias en la materia, incluyendo los casos de las ciudades de Barcelona y Madrid. Este trabajo propone una concreta lista de comprobación con 10 ítems (subdivididos en subtemas) que podría ayudar a un regulador a tomar la mejor decisión posible y contribuir a un análisis crítico posterior de los ejemplos ya surgidos y que vayan surgiendo en España”. “El presente trabajo tiene por objeto un tema poco estudiado, tanto internacionalmente como, menos aún, en España: una reflexión sobre el papel de unidades en la organización administrativa diseñadas específicamente para promover la transparencia y desarrollar la lucha contra la corrupción y el fraude.Además de existir pocos estudios sobre el tema, hasta fechas muy recientes no hemos tenido ejemplos de oficinas anticorrupción en España y aún son más nuevas las (pocas) experiencias de unidades anticorrupción a nivel local. Este tipo de unidades, no forman parte, pues, de nuestra tradición administrativa, como tampoco han formado parte, desde una perspectiva más general, el impulso de la transparencia, el buen gobierno y la buena administración y la prevención de la mala administración y la corrupción, que sólo han entrado de forma relevante en la agenda política y en el ámbito administrativo en fechas muy recientes, como es sabido. Avanzando, pues, por un campo poco explorado, el presente trabajo va a dividir su estructura en tres partes. En primer lugar, abordará por qué puede ser una buena idea generar unidades específicas en la Administración para luchar contra la corrupción. En segundo lugar, este análisis se preguntará para qué puede plantearse en España la creación de una oficina o agencia anticorrupción, analizando las posibles razones que pueden estar detrás de dicha creación y exponiendo cuáles pueden ser legítimas y razonables y cuáles podrían condicionar negativamente, desde el principio, la unidad que se cree. Finalmente, el trabajo se preguntará sobre cómo diseñar del mejor modo posible, esto es, del más eficiente, económico y eficaz (de conformidad con los principios constitucionales de buena administración contenidos en los arts. 31.2 y 103.1 CE) una unidad anticorrupción para intentar garantizar, desde el principio, el éxito futuro en su misión. En concreto, el estudio propondrá una lista de comprobación de 10 indicadores que un regulador debería tomar en consideración antes de tomar la decisión de crear una de estas unidades…”.https://revistainternacionaltransparencia.org/wp-content/uploads/2017/04/Julio-Ponce.pdf‘LAS AGENCIAS ANTICORRUPCIÓN. UNA PROPUESTA DE LISTA DE COMPROBACIÓN DE LA CALIDAD DE SU DISEÑO NORMATIVO’Revista Internacional TRANSPARENCIA E INTEGRIDADJulio Ponce SoléDirector del Instituto de investigación de la Universidad de Barcelona TransJus.Acr. Catedrático de Derecho Administrativo