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Inclusión de caza de conejos con perros de madriguera.

Anónimo#148331 Anónimo#148331  •  26/06/2019  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2019-06-5406

Un cambio a proponer en el Artículo 6, Modalidades de caza permitidas y medidas de protección y complementarias: 1. Modalidades de caza permitidas para cada especle, a) Especies de caza menor: DONDE DICE: Conejo: Solo se permiten las modalidades de al salto o a rabo, en mano. espera o aguardo, en sus definiciones dadas en el articulo 9 del Decreto 32/2015, de 30 de abril. Adicionalmente, se permite la modalidad de caza de conejo con hurón cuando así lo contemple la resolución de aprobación del plan cinegético correspondiente, previa justificacién técnica. DEBERÍA DECIR: Conejo: Solo se permiten las modalidades de al salto o a rabo, en mano. espera o aguardo, en sus definiciones dadas en el articulo 9 del Decreto 32/2015, de 30 de abril. Adicionalmente, se permite la modalidad de caza de conejo con hurón o caza con perros de madriguera cuando así lo contemple la resolución de aprobación del plan cinegético correspondiente, previa justificacién técnica. MOTIVO: Existen cazadores que venden, entrenan y mantienen Yorkshire Terrier para este tipo de caza. Y máxime cuando hay zonas con plagas de conejos.Saludos.
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  • Administrador #1  •  17/07/2019 14:25:45

    La modalidad sugerida (caza de conejos con perros de madriguera) no se encuentra reglamentada ni recogida en el artículo 9 del Decreto 32/2015. La única referencia en cuanto a la utilización de perros de madriguera se concibe para la caza del zorro, no así del conejo. Por este motivo no es posible atender a su petición. No obstante, agradecemos que nos haya puesto en conocimiento esta modalidad de caza con determinadas razas de perros, para futuras adaptaciones del referido artículo del Decreto 32/2015 a la realidad de la caza en Castilla y León.

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