Volver

(2019/02) Procedimiento elaboración Orden bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a Entidades Locales con población inferior a 20.000 hab. para financiar actuaciones en bienes inmuebles integrantes del P Cultural de CyL (Cerrado)

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento , se sustanciará una consulta pública.

Así, se propone esta consulta previa en el procedimiento para la elaboración de una orden por la que se establecen las bases reguladoras para concesión de subvenciones destinadas a Entidades Locales con una población inferior a 20.000 habitantes para financiar actuaciones en bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León.

1. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa:

El patrimonio cultural de la Comunidad como un valor esencial y objeto de especial protección es un legado común al que están vinculados todos los ciudadanos. Los propietarios, poseedores y demás titulares de derechos reales sobre bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León están obligados a conservarlos, custodiarlos y protegerlos debidamente para asegurar su integridad y evitar su pérdida, destrucción o deterioro. Se hace por ello necesario contemplar esta línea de subvenciones hacia aquellos propietarios o gestores de bienes que, de forma directa y por su propia convicción, han tomado la iniciativa para promover la conservación de aquellos bienes patrimoniales de los que son titulares.

2. Necesidad y oportunidad de la norma:

Esta orden unifica, clarifica y consolida las Ordenes de Bases reguladoras para la concesión de estas subvenciones que se encontraban dispersas en textos normativos distintos, aprobados, en su día, con el fin de adecuarlas a la sucesiva normativa administrativa.

Así, recientemente se ha producido la aprobación del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y la Ley Orgánica 3/2018, 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, hace necesario la aprobación de nuevas bases reguladoras para actualizar el contenido de la misma toda esta normativa.

Además en 2018 la Junta de Castilla y León ha ampliado el ámbito de aplicación del plan de dinamización económica de los municipios mineros de Castilla y León 2016-2020 que tras la aprobación de estas nuevas Bases hacen conveniente establecer los mecanismos pertinentes para su inclusión en las correspondientes convocatorias.

3. Objetivos de la norma:

Establecer las Bases Reguladoras la concesión de subvenciones destinadas a Entidades Locales con una población inferior a 20.000 habitantes para financiar actuaciones en bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León

4. Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias:

No se aprecia ninguna.

Fecha de publicación 24 de enero de 2019.

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 09:00 horas del 4 de febrero de 2019.

¿Qué opinas sobre estos cuatro aspectos?

PRIMAR LOCALIDADES NO BENEFICIADAS ANTERIORMENTE

02/02/2019  •  Sin comentarios  •  Jose Palacio#146015

Que aquellas localidades que no hayan resultado beneficiadas en ejercicios anteriores, tengan prioridad ante las que si lo hayan recibido.

Necesitas iniciar sesión o registrarte para continuar.
1 voto