Código de la propuesta: CYL-2019-01-5181
Los docentes ya tenemos bastante con nuestras funciones como para que se nos adjudiquen, constantemente, tareas que pertenecen a otros campos profesionales. No queremos ni debemos consentir la intromisión profesional. Asumir esas otras tareas es contribuir al paro de otros profesionales.
Las necesidades sanitarias del alumnado no serán atendidas por el personal docente, más allá de la dispensación voluntaria de medicamentos que tenga un carácter temporal, no permanente, y cuya administración no revistiera complejidad, siempre de acuerdo con las indicaciones del informe médico y previa autorización por escrito de los padres. Todo ello sin perjuicio del deber de socorro y las actuaciones que hubieran de realizarse ante emergencias o urgencias sanitarias.Y si la necesidad sanitaria fuera permanente, la administración de los medicamentos compleja y hubiera de realizarse en periodo lectivo, el director del centro informará a la Dirección Provincial de Educación con la finalidad de organizar dicha administración, en cuyo caso será necesaria la presencia de personal sanitario en el centro para atender la citada necesidad.