Volver

administración de medicamentos?

Anónimo#141566 Anónimo#141566  •  08/01/2019  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2019-01-5175

la Junta se va a hacer responsable de los posibles efectos secundarios de la administración de medicamentos por parte del profesorado?
Necesitas iniciar sesión o registrarte para comentar.
  • Administrador #1  •  27/06/2019 11:20:07

    Las necesidades sanitarias del alumnado no serán atendidas por el personal docente, más allá de la dispensación voluntaria de medicamentos que tenga un carácter temporal, no permanente, y cuya administración no revistiera complejidad, siempre de acuerdo con las indicaciones del informe médico y previa autorización por escrito de los padres. Todo ello sin perjuicio del deber de socorro y las actuaciones que hubieran de realizarse ante emergencias o urgencias sanitarias.Y si la necesidad sanitaria fuera permanente, la administración de los medicamentos compleja y hubiera de realizarse en periodo lectivo, el director del centro informará a la Dirección Provincial de Educación con la finalidad de organizar dicha administración, en cuyo caso será necesaria la presencia de personal sanitario en el centro para atender la citada necesidad.Por lo tanto, la administración de medicamentos se realizará teniendo en cuenta todas las especificaciones médicas y con totales garantías desde el punto de vista sanitario.

    Sin votos  | 
    0
    0
    Sin respuestas