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Limitar el número de depósitos de residencias por farmacia para garantizar la atención farmacéutica: 2 de menos de 100 camas o 1 grande.

Lorenzo#124389 Lorenzo#124389  •  06/07/2018  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2018-07-4828

En aquellas residencias pequeñas si la farmacia es responsable de 2 depósitos y en las grandes de una residencia por farmacia se podrían realizar todas las tareas parta garantizar la atención farmacéutica que necesita una población mayor y en general, con varias enfermedades crónicas. Si una única farmacia es responsable de varias residencias, parece que sólo se entrega medicación sin el valor añadido que supone la atención farmacéutica: información, revisión de tratamientos, colaboración con otros profesionales sanitarios que tratan a esos pacientes, étc.
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  • Administrador #1  •  28/01/2019 09:24:26

    La Ley de Ordenación Farmacéutica de Castilla y León no lo permite, la única limitación que podemos poner a la vinculación es la geográfica, es decir, que oficina de farmacia y residencia estén en la misma zona farmacéutica., siendo de rango inferior este Decreto, no es posible establecer el límite propuesto.

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