Código de la propuesta: CYL-2018-05-4811
El destino para los funcionarios de nuevo ingreso debe tener CARÁCTER DEFINITIVO, y vinculado a las puntuaciones obtenidas en el proceso selectivo. Deberá articularse algún sistema que permita la oferta de plazas en una fase posterior a la resolución del concurso abierto y permanente (entre las plazas que no hayan sido solicitadas ó como se vea oportuno). Todo funcionario debe tener asignado un destino, a partir del cuál poder desarrollar su carrera profesional.Convocar al menos dos ofertas de puestos por año para el Concurso Abierto y Permanente, puesto que una ya está contemplada en la actual regulación (y no se cumple). Establecer en esta regulación la existencia de una 'Comisión permanente de valoración' constituida por los miembros que se determinen, y que garantice el cumplimiento de los plazos.La personas que accedan a puestos por discapacidad intelectual deberán ser aptos previamente para el puesto a desempeñar, cuestión que debería valorarse previamente por el Centro Base de Atención a Personas con discapacidad ó por los facultativos que se determinen. A partir de ahí, si existen candidatos aptos, no tendría por qué haber limitaciones para el acceso.Por último, me parece oportuno la eliminación de la Disposición Adicional tercera del Decreto 285/1994, si esto sirve para limitar a todos aquellos que ocupan puestos de Libre Designación procedentes de otras administraciones públicas (en puestos abiertos) y que después quieren integrar en puestos propios de la Junta de Castilla y León (un auténtico coladero)
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