Código de la propuesta: CYL-2018-05-4801
Propuestas de mejora para la modificación del Decreto 67/1999:• Artículo 54 bis, apartado 3. Eliminar la letra a), “que estén ofertados o se oferten en otros procedimientos de provisión”. Argumentación: las formas de provisión, según el artículo 46, son el concurso (ordinario y específico) y la libre designación. Si una plaza ha de proveerse mediante concurso ordinario, se entiende que no puede proveerse mediante concurso específico ni libre designación, por lo que esta excepción no tiene sentido a mi juicio. Además, con carácter excepcional las plazas podrán proveerse mediante comisión de servicios o adscripción provisional. La primera opción supondría quitar el derecho a un funcionario de poder adquirir una plaza por concurso (procedimiento objetivo) para ofrecer una comisión de servicios a otro funcionario (procedimiento discrecional). La segunda opción, eliminar plazas para ser cubiertas mediante adscripción provisional, procedimiento empleado normalmente para los funcionarios de nuevo ingreso, significaría privar la posibilidad de adquirir una plaza en destino definitivo a un funcionario con cierta antigüedad para ofrecérsela a un funcionario recién aprobado, aunque no fuera en destino definitivo.Por tanto, entiendo que la letra a) debería eliminarse.• Artículo 54 bis, apartado 5. Ampliar a dos las resoluciones de adjudicación al año, o bien garantizar que cada resolución tenga dos fases: ordinaria y resultas. El personal laboral fijo goza de 4 resoluciones anuales, nosotros los funcionarios al menos deberíamos tener 2 o en el peor de los casos, un concurso con resultas que amplíe nuestras opciones de movilidad y promoción profesional, después de tantos años privados de este derecho.Muchas gracias
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