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Inclusión expresa de las 'actividades culturales' de la LEPAR en el régimen de comunicación ambiental

O.J.#111833 O.J.#111833  •  12/04/2018  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2018-04-4749

Dado que el régimen de comunicación ambiental está pensado, según el Preámbulo de la Ley de Prevención Ambiental de CyL, para aquellas actividades e instalaciones 'de muy escasa incidencia ambiental', debería incluirse en el Anexo III de dicha Ley ('actividades sometidas a comunicación ambiental') lo que en el Anexo de la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas ('LEPAR') se definen como 'actividades culturales': salas de conferencias, salas de exposiciones y salas polivalentes de tipo 'cultural, intelectual y artístico'. En efecto, estas actividades tienen muy escasa incidencia ambiental, pues no generan emisiones atmosféricas ni vertidos, y apenas debieran generar ruidos (piénsese que, de hecho, en las salas de exposiciones e instalaciones culturales similares se suele exigir silencio). En el apartado 9.3 del Anexo III del Proyecto de Decreto parece apuntarse esta posibilidad, pero no queda del todo clara, por lo que debería quizá incluirse expresamente la mención a 'actividades culturales definidas en el Anexo de la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas'.
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  • Administrador #1  •  21/09/2018 14:26:45

    La modificación del anexo se centra en las actividades de restauración, en virtud de lo previsto en el Acuerdo 21/2016, de 28 de abril, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban medidas de reducción de cargas administrativas para la dinamización empresarial, que recoge un Programa de Simplificación Administrativa, y dentro de éste, la elaboración de mapas de procesos correspondientes a los 5 sectores de mayor implantación, entre ellos el de restauración, sin referirse a otras categorías de espectáculos públicos o actividades recreativas.No obstante lo anterior las actividades culturales tales como salas de conferencias, salas de exposiciones y salas polivalentes de tipo 'cultural, intelectual y artístico', entendemos que se incluyen en el apartado 9.3 del anexo III del proyecto de decreto que incluye expresamente las salas de exposiciones y similares entre las que se pueden encontrar las salas polivalentes de tipo 'cultural, intelectual y artístico'.

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