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En contra de que se elimine la exigencia de licencia ambiental a la hostelería

Fernando#124079 Fernando#124079  •  03/05/2018  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2018-05-4741

Otro ejemplo más de como se da de lado la protección de los ciudadanos y del medio ambiente para beneficiar económicamente a un grupo de presión, en este caso, el lobby de la hostelería. En aras de dotar de facilidades a la industria turística, se eliminan de golpe todos los controles mínimos que este tipo de actividades (bares, restaurantes, etc), han de tener. Este tipo de establecimientos, en la práctica totalidad de la normatica autonómica y estatal están consideradas como actividades potencialmente molestas, debido a que producen contaminación ambiental y acústica, especialmente en las zonas residenciales y edifcicios de viviendas, donde habitualmente se ubican. De un plumazo, se elimina que estas actividades estén sometidas a licencia ambiental, de modo que no será necesario solicitar ni permiso de obras, ni proyectos técnicos que aseguren que estos tipos de locales cumplan con la normativa en vigor referente a instalaciones eléctricas, de salubridad, de accesibilidad y barreras arquitectónicas, de climatización, de aislamientos acústicos mínimos, de niveles de emisión de sustancias contaminantes y nocivas, etc. Tampoco será necesario que los ayuntamientos exijan ningún tipo de control sobre estas actividades, ni con carácter previo ni posterior a su apertura. Seguro que los vecinos de cualquier inmueble estarán especialmente contentos cuando no puedan dormir a causa del ruido o de los malos olores que produzca el bar de abajo, ni su denuncia llegará a ninguna parte, dado que a ese bar de abajo no se le exigirá cumplir básicamente ninguna ley que proteja a las personas y al medio ambiente. Viva el progreso.
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  • Administrador #1  •  21/09/2018 14:19:58

    El proyecto normativo no suprime la intervención administrativa en la materia, sino que modifica el régimen de intervención, sustituyendo la necesidad de obtener la previa licencia por la posibilidad de realizar una comunicación previa, esto es, persigue una simplificación administrativa que trae su causa en el Acuerdo 21/2016, de 28 de abril, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban medidas de reducción de cargas administrativas para la dinamización empresarial. Dicha simplificación no supone ni ausencia de control por parte de la Administración ni una exención del cumplimiento de la normativa que resulte de aplicación para los titulares de los establecimientos.En tal sentido, el propósito final de reducir cargas administrativas contribuye al desarrollo socioeconómico, al simplificar procedimientos y dar una mayor seguridad jurídica, cohonestándose con la garantía de la protección ambiental a través, en todo caso, de los necesarios controles durante el ejercicio de la actividad por parte de las Administraciones Públicas competentes (autonómica y local).Con el cambio normativo propuesto, es el titular del establecimiento, quien asume la carga de asegurar la correcta ejecución del proyecto, así como el cumplimiento de las diversas garantías previstas en la normativa (incluida la de ruido). La comunicación introduce así un nuevo régimen de intervención, de modo que su propia naturaleza presupone el énfasis del titular en garantizar el cumplimiento de la normativa, dados los efectos que deberá soportar en caso contrario.

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