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Estatutarizacion

Anónimo#119881 Anónimo#119881  •  14/12/2017  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2017-12-4528

Creo que deberian estatutarizarse todaa las plazas de funcionarios, antes de ser ofertadas de nuevo. Entiendo que se espere en el caso de los propietarios pero no en el caso de los interinos. En este momento hay un deficit de plazas de equipo para personal que ya aprobo su oposicion y que considero que estan por delante de los interinos que no la aprobaron.
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  • Administrador #1  •  16/01/2018 10:15:57

    En mayo de 2002 se firmó un Acuerdo entre los representantes de la administración sanitaria de la Comunidad de Castilla y León y las centrales sindicales CEMSATSE, USCAL, UGT, CSI-CSIF, CC.OO. y SAE, mediante el que se adoptó el régimen estatutario como modelo de vinculación jurídica para regular las condiciones laborales de los profesionales que prestan servicios en Sacyl.En cumplimiento de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, de Ley 2/2007 de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del personal estatutario de la Gerencia Regional de Salud y de la disposición adicional novena de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León establecen la posibilidad de establecer procedimientos para la integración directa y voluntaria en la condición de personal estatutario, de quienes prestan servicios en condición de personal funcionario de carrera o en virtud de contrato laboral fijo.Para no extendernos en la respuesta y conforme se ha expuesto anteriormente, en estos momentos se está tramitando un proyecto de decreto por el que se establece el procedimiento para la integración directa y voluntaria del personal funcionario de carrera sanitario, de los centros e instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud en las condiciones de personal estatutario.Como no puede ser de otra forma el proceso de integración ha de revestir carácter gradual, en seguimiento de los criterios de prioridad que se fijen según necesidades organizativas, asistenciales y presupuestarias del sistema de salud, lo cual se lleva a cabo en el precitado proyecto de decreto en el que se fijan las pautas generales a las que ha de ajustarse tal proceso de estatutarización, procediéndose por la Consejería de Sanidad a la convocatoria de un procedimiento de integración para cada uno de los diferentes colectivos de personal funcionario sanitario, teniendo en cuenta las características específicas de cada uno de ellos y el régimen jurídico del personal que los integra.No obstante la aclaración, insistir en que el tema de la procedencia de la estatutarización no es el objeto de debate.

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