Código de la propuesta: CYL-2017-10-4426
Castilla y León cuenta con una población envejecida. El 36,03% de los castellano-leoneses supera los 80 años.En el Capitulo II del proyecto en el art. 5.2)a debería añadirse un punto 8 que hiciera referencia a:Por ser cuidador principal de uno o varios familiares, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.Iguales o mayores de 90 años: 4 puntos por cada uno; Menores de 90 años hasta 80 años: 3,5 puntos por cada uno; Menores de 80 años hasta 70 años: 3 puntos por cada uno
Se estima parcialmente esta alegación. Resulta oportuno modificar la redacción del artículo relativo a las circunstancias objeto de baremación.