Código de la propuesta: CYL-2017-09-4261
CONSEJO DE PESCA DE CYL 2017.1. ALEGATO EN DEFENSA DE LA CARPA Y SU PESCA DEPORTIVA.cCastigas y León en los últimos años se ha convertido en lugar de turismo y peregrinación de pescadores de toda España debido a la cantidad y calidad de los ejemplares que existen en nuestras aguas, lo que está favoreciendo económicamente a los zonas rurales menos favorecidas. Desde la AEC no entendemos el cambio de postura de la Junta de CYL. La administración autonómica debería luchar por la carpa, y considerarla emblemática para nuestra región, y mas teniendo en cuenta los ingentes ingresos generados para las zonas rurales de nuestra comunidad. Desde nuestra Asociación no entendemos el cambio de postura y planteamos las siguientes preguntas:¿En qué ha cambiado la situación? Desde nuestro punto de vista en nada. Cronológicamente:- El 17 de junio de 2016, fue publicada en BOE la Sentencia 637/16 del Tribual Supremo sobre EEI.- El 28 de Junio se publica el proyecto de Borrador de Real Decreto que regulará el Catálogo de EEI y derogará el R.D. 630/13 y que regula el actual Catálogo.- El 15 de Septiembre se celebró el Consejo de Pesca de Extremadura, y en él, nuestra excelentísima Consejera de Medio Ambiente manifestó lo siguiente tal y como recoge el acta:“A continuación, expone la difícil situación del sector a consecuencia de la Sentencia del Tribunal Supremo publicada recientemente en el BOE, relativa a las especies exóticas invasoras. La Consejera explica que la Sentencia no es ejecutiva mientras elGobierno central no proceda a modificar el Real Decreto de Especies Exóticas Invasoras, puntualizando en este sentido que en este momento la carpa todavía no se encuentra catalogada como tal y por tanto aún no le es de aplicación. Por otro lado, comenta que la Sentencia también afecta directamente al aprovechamiento del cangrejo rojo, cuestión que se solucionará con las herramientas que proporciona la normativa”.De esta forma, la carpa, se consideró como “Especies Objeto de Pesca....Otras Especies”. A día de hoy, la situación no se ha modificado. El Proyecto de Borrador de Real Decreto sigue tramitándose y por otra parte se han producido dos propuestas fallidas en el Congreso de los Diputados, para tratar de buscar una solución a la actual situación que ha generado la fatídica Sentencia.Desde la junta de Extremadura se han comprometido a perpetuar indefinidamente la ley de veras 2016 por qué Castilla y León no lo toma con un ejemplo y referente a seguir?Desde nuestra Asociación mostramos nuestro frontal rechazo a la inclusión como EEI de la carpa. También resulta llamativo el hecho de que la propia administración tenga una licencia de pesca sin muerte y ahora obligue a matar a especies que llevan conviviendo en nuestras aguas durante siglos.Desde nuestra asociación, solicitamos que a nuestros dirigentes que busquen soluciones a nuestros problemas y no, que nos los creen. Es por ello, que ofrecemos nuestra organización a la administración, para tratar de buscar una solución antes de incluir a la carpa como EEI.Nuestra asociación requerimos a la Junta de CyL, que sea valiente, busque las salidas legales (que las hay), reconsidere su postura y apoye al sector de la pesca, al mundo rural y a una especie que es emblemática para nuestra región.* Que teniendo en cuenta que la carpa lleva en nuestras aguas bastantes siglos (según una publicación científica de la Universidad de Granada, desde hace cerca de 16 millones de años), y que por tanto es cuestionable que sea exótica e invasora, y que por tanto no nos encontramos en una fase inicial de la supuesta invasión, le solicitamos:- El aplazamiento de la inclusión de la carpa como EEI en la nueva orden de vedas, puesto que nada ha cambiado con respecto al año pasado y tal y como usted decía la carpa no ha sido incluida todavía en el catálogo de EEI.- Que se realicen estudios científico-técnicos de las distintas cuencas fluviales, así como las afecciones medioambientales.- Que se realice un estudio socioeconómico, conducente a valorar las consecuencias y pérdidas que se originarían al limitar la pesca deportiva y/o la extracción de ciertas EEI.- Que la Administración de CyL tome la iniciativa y solicite al gobierno nacional, la modificación de la Ley 42/07 de Patrimonio Natural y Biodiversidad, en los términos que se permita la pesca y /o extracción de determinadas especies consideradas EEI según el R.D. 630/13, y se articulen las excepciones contempladas en el Reg. 1143/14, por cuestiones socioeconómicas y deportivas.Por encima de los partidos y de los gobiernos, están las personas. Esas personas que han confiado en usted y en la administración de cyl, para que siga apostando por esta especie, por la pesca deportiva en perfecta armonía con el medio ambiente, por las pequeñas tiendas que se ven favorecidos por ese ingente turismo de pesca. La pesca de la carpa dinamiza los pueblos, incrementa el turismo rural y su riqueza, ayuda a fijar la población de estos entornos y forma parte de la cultura y alimentación de los españoles. ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE LA CARPA
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