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Artículo 22-3,a)

Jerónimo Lozano González#111807 Jerónimo Lozano González#111807  •  02/05/2017  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2017-05-4168

a) Será responsabilidad del Consejo Rector el que cada socio reciba una copia de los Estatutos de la cooperativa y, si existiese, del Reglamento del Régimen Interno, y de las modificaciones que se vayan introduciendo en los mismos. Dicha obligación deberá cumplirse en el plazo de un mes desde que se constituya la cooperativa, se adquiera la condición de socio o se apruebe la modificación de Estatutos o del Reglamento de Régimen interno. El socio que no haya recibido la citada documentación en ese plazo, tendrá derecho a obtener del Consejo Rector en el plazo máximo de un mes desde que la solicite, con independencia de las eventuales responsabilidades en que pudieran incurrir los miembros de dicho órgano por no cumplir con su obligación. Se trata de acortar este párrafo diciendo lo mismo, con mayor claridad y sin reiteraciones.
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  • Administrador #1  •  03/11/2017 13:07:44

    Buenos días,Se trata de dar una mejor redacción a este artículo, simplificar el mismo y aclarar su contenido. Sin embargo no se mejora la redacción sobre entrega al socio de los Estatutos y el Reglamento de Régimen Interno.Saludos.

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