Código de la propuesta: CYL-2016-11-4085
Siguen uds. en la línea del urbanismo tradicional sin atender a conceptos que son fundamentales en la Ordenación del Territorio. Si se está exigiendo un nuevo enfoque y una nueva visión holística, no puede ser que lo redacten los mismos sin visión alguna a largo plazo y criterios obsoletos. De esto mismo también 'peca' el 'nuevo' Reglamento de Urbanismo de Castilla y León y mi humilde consejo es que, por favor, amplien la mirada al resto de CCAA que sí lo están cumpliendo y están haciendo el esfuerzo y sobre todo que se asesoren, porque su mala gestión está repercutiendo en la despoblación de Castilla y León. Gracias y un saludo.
Gracias por su participación y por la sugerencia presentada en relación con el Anteproyecto de Ley por la que se aprueba el mapa de unidades básicas de ordenación y servicios del territorio (UBOST) de Castilla y León, y se modifican la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León (LORSERGO) y la Ley 9/2014, de 27 de noviembre, por la que se declaran las áreas funcionales estables de Castilla y León, lo que indudablemente demuestra su interés por la participación en las cuestiones públicas autonómicas y en la mejora de los proyectos que promueve esta Administración.Con el máximo respeto a su opinión, debe sin embargo manifestarse que la materia “ordenación del territorio” es más amplia que la materia “urbanismo”, y no pueden aplicarse mecánicamente a aquélla principios propios de esta última, como parece proponerse en su sugerencia. Por otra parte, el mapa de UBOST no es más que la concreción de un mandato legal contenido en la Ley de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio, y en su elaboración se ha atendido a los criterios propios de dicha Ley, como se pone de manifiesto en el Anteproyecto de Ley de aprobación del mismo