En qué consiste
Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento , se sustanciará una consulta pública.
A tal efecto, se promueve una consulta pública previa para la elaboración del anteproyecto de una nueva Ley de Función Pública.
1. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
La vigente Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, data de una época anterior al dictado de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, norma que, a su vez, fue objeto de sucesivas modificaciones e incorporaciones de preceptos dispersos en diferentes normas, finalmente refundidas y armonizadas por medio del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, antes citado, el cual, a su vez, se ha visto modificado de nuevo en los últimos años. Dado el carácter básico de dicho texto refundido, la ley autonómica se ha visto precisada de diferentes modificaciones parciales para su adaptación a los cambios operados en la materia por el legislador estatal.
2. Necesidad y oportunidad de su aprobación.
La Comunidad de Castilla y León pretende elaborar una nueva norma autonómica sobre Función Pública en desarrollo del Estatuto Básico del Empleado Público, regulando aquellos aspectos en los que el legislador básico así lo posibilita, pero evitando reiterar cuestiones ya reguladas en la legislación básica cuya aplicación resulta directa sin necesidad de ulterior desarrollo por la comunidad.
3. Objetivos de la norma
La norma tiene por finalidad desarrollar la normativa básica contenida en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así como actualizar, clarificar y simplificar la normativa autonómica aplicable.
4. Posibles soluciones regulatorias y no regulatorias.
La posible alternativa regulatoria a la presente propuesta de elaboración y aprobación de un texto nuevo íntegramente ajustado a la normativa básica estatal en la materia, consiste en elaborar y aprobar modificaciones puntuales y parciales de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, norma que, debido a las sucesivas modificaciones efectuadas desde su redacción original en muchos de sus preceptos, resulta de difícil aplicación por sus destinatarios, además de haber quedado desfasada terminológica y conceptualmente.
En la actualidad, para la correcta aplicación de la norma autonómica, resulta necesario efectuar operaciones jurídicas de comprobación de vigencia e interpretación normativa tanto en preceptos modificados en sucesivas ocasiones, como en aquellos que no han sido modificados pero que pudieran haber quedado desfasados respecto a las novedades introducidas en la normativa básica estatal, circunstancias ambas que aconsejan la elaboración de un nuevo texto que, además de proceder al desarrollo normativo previsto por el legislador estatal, proporcione la necesaria seguridad jurídica a los empleados públicos destinatarios de la norma.
Fecha de publicación 27 de abril de 2023
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