En qué consiste
Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento , se sustanciará una consulta pública.
Consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de una Orden por la que se establece el precintado y control telemático de las capturas de las piezas de caza.
a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
En la Comunidad Autónoma de Castilla y León existe una larga trayectoria histórica en materia de sistemas de control físico de las capturas para una correcta ejecución de los planes cinegéticos.
Mediante la Orden MAM/829/2011, de 13 de junio, por la que se establece el sistema de precintado de piezas de caza mayor para el control de la ejecución de los Planes Cinegéticos de los Cotos Privados y federativos de Caza de Castilla y León se unificó la legislación promulgada en la materia hasta dicho momento.
De acuerdo con los principios generales recogidos en la reciente Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León, el establecimiento de nuevas medidas de precintado y de control telemático de las capturas de las piezas de caza tiene como finalidad coadyuvar a la gestión sostenible y ordenado aprovechamiento de los recursos cinegéticos, de tal manera que el uso de las nuevas tecnologías se configura como una pieza clave para lograr los objetivos y finalidades de los planes cinegéticos, asegurando el aprovechamiento sostenible y ordenado de las especies cinegéticas.
b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.
Dar cumplimiento al desarrollo reglamentario directo establecido en el artículo 75.2 de la Ley 4/2021, de 1 de julio de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León.
c) Objetivos de la norma.
Establecer las condiciones de traslado de las piezas de caza y de sus partes, tales como precintos, marcas o sistemas de control telemático de las capturas realizadas.
d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Ninguna
Fecha de publicación 19 de septiembre de 2022
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 29 de septiembre de 2022.
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