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(2021/08) Procedimiento para la elaboración de un Decreto por el que se regula el acceso, la admisión y la matriculación para cursar enseñanzas elementales y profesionales de música en la Cdad. de CyL. (Cerrado)

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento , se sustanciará una consulta pública.

A tal efecto se propone la consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de un decreto por el que se regula el acceso, la admisión y la matriculación para cursar enseñanzas elementales y profesionales de música en la Comunidad de Castilla y León y se establece su régimen jurídico de funcionamiento, a fin de que la ciudadanía tenga la posibilidad de participar activamente en el proceso de su elaboración y realizar cuantas aportaciones considere.

 

1. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

El Decreto 60/2007, de 7 de junio, por el que se establece el currículo de las enseñanzas elementales y profesionales de música en la Comunidad de Castilla y León, establece en el artículo 5 que para acceder a las enseñanzas elementales y profesionales de música será preciso superar una prueba específica de acceso; mediante esta prueba se valorará madurez, las aptitudes y los conocimientos, en cada caso, para cursar con aprovechamiento las citadas enseñanzas. Por otra parte, el citado decreto establece en el artículo 6, apartado 1, que la admisión de los alumnos y la anulación de la matrícula se regirá por lo dispuesto en la normativa que sobre admisión esté vigente en la Comunidad, y en el apartado 2 que la admisión y posterior matriculación de los alumnos estará supeditada a las calificaciones obtenidas en la prueba de acceso.

En consonancia con lo dispuesto en el apartado segundo de la disposición adicional cuarta del Decreto 52/2018, de 27 de diciembre, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, la admisión a las enseñanzas de régimen especial se regulará por su normativa específica. 

En la actualidad el proceso de admisión del alumnado para cursar enseñanzas elementales y profesionales de música en los conservatorios profesionales de música de la Comunidad de Castilla y León se encuentra regulado por la Orden EDU/1496/2005, de 7 de noviembre, por la que se desarrolla el proceso de admisión del alumnado en centros docentes que impartan enseñanzas Artísticas y de Idiomas sostenidas con fondos públicos en la Comunidad de Castilla y León, y por la Resolución de 25 de marzo de 2013, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, relativa a los procesos de admisión y matriculación de alumnos en las enseñanzas elementales y profesionales de música en los conservatorios de música de la Comunidad de Castilla y León.

En el marco de todo lo anterior, es preciso crear un nuevo Decreto que constituya su norma única y específica, y regule el acceso, la admisión y matriculación para cursar las enseñanzas elementales y profesionales de música en la Comunidad de Castilla y León, con el fin de adaptarla a las características y organización establecidas por la normativa básica y garantizar el principio de igualdad de oportunidades y transparencia en todo el proceso. 

 

2.  Necesidad y oportunidad de su aprobación.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dedica en el Título I, el Capítulo VI a regular las enseñanzas artísticas, concretamente la Sección Primera del Capítulo VI se refiere a la ordenación de las enseñanzas elementales y profesionales de música y danza. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, ha supuesto una serie de novedades en la regulación de la escolarización y los requisitos de acceso a las enseñanzas citadas, en los artículos 48, 49, 52 y 59 se establecen los requisitos para acceder a las enseñanzas profesionales de música y danza. 

El Real Decreto 1577/2006, de 22 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas profesionales de música y reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación dispone en los artículos 7 al 10, los requisitos de académicos, prueba de acceso, admisión y matriculación de las enseñanzas profesionales de música, correspondiendo a las Administraciones educativas regular dichos procesos. 

Por otra parte, los artículos 5 y 6 del Decreto 60/2007, de 7 de junio, por el que se establece el currículo de las enseñanzas elementales y profesionales de música en la Comunidad de Castilla y León, define los requisitos de acceso a las enseñanzas citadas y determinan que corresponde a la Consejería de Educación regular y organizar el proceso de admisión y matriculación de los alumnos de estas enseñanzas en la Comunidad. El Decreto 24/2018, de 23 de agosto modificó el párrafo segundo del apartado 1 del artículo 5 del Decreto 60/2007, de 7 de junio, estableciendo que pueden ser admitidos con carácter excepcional para realizar la prueba de acceso a las enseñanzas elementales, aquellos aspirantes que no reúnen el requisito de edad mínima, en los términos que establezca la consejería competente en materia de educación.

Finalmente, el Decreto 52/2018, de 27 de diciembre, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, establece que la admisión a las enseñanzas de régimen especial se regulará por su normativa específica.

 

3. Objetivos de la norma.

El presente decreto tiene por objeto regular el acceso, la admisión y la matriculación para cursar enseñanzas elementales y profesionales de música en la Comunidad de Castilla y León y será de aplicación en lo relativo al acceso, a los centros públicos y privados autorizados que impartan enseñanzas elementales y profesionales de música en la Comunidad de Castilla y León y en lo dispuesto en materia de admisión y matriculación, respectivamente, a los conservatorios profesionales de música de titularidad de la Administración de la Comunidad de Castilla y León..

 

4. Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

No se aprecia ninguna otra solución regulatoria alternativa.

Fecha de publicación 2 de agosto de 2021

 

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 13 de agosto de 2021.

¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?

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