En qué consiste
Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento , se sustanciará una consulta pública.
A tales efectos, se promueve una consulta pública previa para la elaboración de una orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos deportivos.
a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
Las subvenciones persiguen promover la práctica de la actividad físico-deportiva y físico-recreativa en las entidades locales de Castilla y León con una población inferior a 20.000 habitantes, extendiendo dicha práctica y sus beneficios a la población en general y, en particular, a los habitantes del medio rural, toda vez que la práctica de estas actividades va a potenciar la identificación con la cultura local. Dado que el deporte es un elemento susceptible de ser un elemento de identidad “mostrable” que se convierte en un atractivo interesante para la población en general y la práctica del mismo es un referente cultural que forma parte de identidades colectivas concretas y fomenta la salud personal, la mejora de la calidad de vida o el respeto por el entorno natural se pretende asociar la práctica de estas actividades en entornos naturales o abiertos a la promoción del conocimiento del patrimonio cultural e inmaterial .
b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.
La aprobación de estas bases reguladoras es necesaria por los siguientes motivos:
- Es necesario extender la práctica de la actividad físico-deportiva y los beneficios para la salud que la misma comporta, especialmente en el entorno rural, donde se aprecian menores tasas de participación en este tipo de actividad.
- Resulta oportuno asociar la práctica de la actividad físico-deportiva en el medio rural a elementos que la hagan atractiva y la doten de un valor añadido, captando así el interés de segmentos de la población lo más amplios posible.
c) Objetivos de la norma.
El objetivo de la futura norma es establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a entidades locales con una población inferior a 20.000 habitantes para la financiación de proyectos deportivos. Se busca financiar proyectos deportivos de nueva implantación desarrollados por entidades locales de menos de 20.000 habitantes que promuevan el conocimiento del patrimonio cultural material e inmaterial de la Comunidad.
d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No se aprecia ninguna dentro del marco de la legalidad vigente.
Fecha de publicación 23 de junio de 2021
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