En qué consiste
Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas
De conformidad con lo previsto en el artículo 75. 2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento , se sustanciará una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.
Se propone la consulta previa en el procedimiento para la modificación de la Orden FAM/6/2018, de 11 de enero, por la que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales.
a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
La normativa estatal de promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia contempla un periodo de seis meses para que las Administraciones Públicas tramiten los procedimientos de valoración y acceso a las prestaciones. En Castilla y León, se ha ido reduciendo progresivamente el plazo de tramitación y acceso. Aun así, es necesario seguir introduciendo mejoras en la tramitación que permitan una mayor agilidad en la atención de las personas que necesitan apoyos para el desarrollo de las actividades básicas de la vida diaria. Por otro lado, una de las prestaciones con las que se atienden estas situaciones de necesidad, es el servicio de ayuda a domicilio, cuya regulación actual no cubre todas las necesidades de las personas en situación de dependencia.
b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.
La modificación de la Orden FAM/6/2018 de 11 de enero por la que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales es necesaria para solucionar los problemas indicados en el apartado anterior.
c) Objetivos de la norma.
Introducir mejoras en la tramitación de los procedimientos de acceso a las prestaciones derivadas de la situación de dependencia y en la prestación del servicio público de ayuda a domicilio.
d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Se considera como fórmula más adecuada la modificación de la Orden FAM/6/2018 de 11 de enero.
Fecha de publicación 27 de mayo de 2021
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 09:00 horas del 7 de junio de 2021.
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