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(2021/01) Procedimiento para la elaboración de una orden de bases reguladoras para la concesión de becas de formación práctica en materia de Cooperación para el Desarrollo (Cerrado)

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento , se sustanciará una consulta pública. 

A tal efecto, se prevé una consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de una orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de  becas de formación práctica en materia de Cooperación para el Desarrollo.

 

1.   Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa. 

La Ley 9/2006, de 10 de octubre, de Cooperación para el Desarrollo de Castilla y León ha incluido entre sus modalidades, la de la educación para el desarrollo y, dentro de ella, la formación que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17, consistirá en la capacitación de las personas que, por su perfil, compromiso o profesión, se dediquen o quieran dedicarse a la cooperación para el desarrollo articulada, preferentemente, a través de las administraciones públicas o los agentes de cooperación. 

Adquieren, por tanto, una importancia fundamental, la formación y capacitación de la ciudadanía interesada en estas áreas de especialización, que garanticen una base social preparada para el trabajo en materia de cooperación para el desarrollo.  

2.   Necesidad y oportunidad de su aprobación.

Esta Consejería considera conveniente fomentar la formación práctica de titulados universitarios, mediante becas en materia de cooperación para el desarrollo, y en especial en la modalidad de “Educación para el Desarrollo”. Para ello las tareas vinculadas a la misma se centrarán principalmente en acciones de información, sensibilización y concienciación ciudadana en relación con la defensa y promoción de los Derechos Humanos, el desarrollo humano sostenible y la lucha contra la pobreza.

Entre las medidas de fomento o impulso en poder de la Administración se encuentran las de otorgar ayudas o subvenciones.

En consecuencia, es preciso establecer unas bases reguladoras que determinen el régimen jurídico de las  ayudas que se pretenden conceder, tal y como dispone la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su artículo 9.2 que establece que con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de la concesión en los términos de esta ley.

Asimismo, la Ley 5/2008, de 25 de septiembre de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, establece en su artículo 6 que las bases reguladoras son disposiciones generales que desarrollan el régimen jurídico de cada subvención.

3.   Objetivos de la norma

Se pretenden establecer las bases reguladoras para la concesión de becas de formación en cooperación para el desarrollo que convoque, en régimen de concurrencia competitiva, la consejería competente en materia de cooperación Internacional para el desarrollo para realizar tareas vinculadas a la sensibilización social y la concienciación de la población sobre las causas y consecuencias de la pobreza.

4.   Posibles soluciones regulatorias y no regulatorias.

No se aprecia ninguna.

 

Fecha de publicación 19 de enero de 2021

 

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 29 de enero de 2021.

¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?

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