En qué consiste
Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública.
A tal efecto se propone la consulta previa en el procedimiento para la elaboración de una Orden de la Consejería de Educación por la que se modifica la Orden EDU/38/2020, de 21 de enero, por la que se regula la promoción y la certificación de los niveles Básico, Intermedio y Avanzado de las Enseñanzas de Idiomas de Régimen Especial en la Comunidad de Castilla y León.
1. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
La presente orden pretende dar respuesta a la necesidad de precisar determinados aspectos relacionados con las convocatorias de las pruebas de certificación tanto del alumnado matriculado en régimen oficial, como del alumnado matriculado en régimen libre, así como la determinación de otros aspectos relativos a los requisitos para la realización de las pruebas de certificación y a la reducción horaria correspondiente al presidente de la Comisión de redactores y coordinadores de pruebas de certificación, y el establecimiento de la forma en que habrá de ser evaluado el profesorado que imparte docencia en una escuela oficial de idiomas y se matricula en la misma escuela de un idioma distinto al que imparte, aconsejan su modificación.
2. Necesidad y oportunidad de su aprobación.
Se pretende aprobar esta modificación para ser aplicada en este curso 2020-2021, siendo necesaria su aprobación a la luz de la experiencia obtenida en el pasado curso 2019-2020, en que se realizaron por primera vez las pruebas de certificación en el marco del Real Decreto 1/2019, de 11 de enero, por el que se establecen los principios básicos comunes de evaluación aplicables a las pruebas de certificación oficial de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1, y Avanzado C2 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial, y de la Orden EDU/38/2020, de 21 de enero, que se pretende modificar.
3. Objetivos de la norma.
Modificar la Orden EDU/38/2020, de 21 de enero, por la que se regula la promoción y la certificación de los niveles Básico, Intermedio y Avanzado de las Enseñanzas de Idiomas de Régimen Especial en la Comunidad de Castilla y León.
Esta Orden será de aplicación en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad de Castilla y León.
4. Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No se aprecia ninguna.
Fecha de publicación 1 de diciembre de 2020
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 11 de diciembre de 2020.
¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?
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