En qué consiste
Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o reglamento, se sustanciará una consulta pública.
A tal efecto, se prevé una consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de una orden de bases reguladoras de subvenciones para proyectos de Educación para el Desarrollo y la Ciudadanía Global en el territorio de Castilla y León.
1. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
La Ley 9/2006, de 10 de octubre, de Cooperación al Desarrollo de Castilla y León, contempla, como retos de nuestra sociedad, la erradicación de la pobreza, el reparto justo de los beneficios económicos, el progreso humano, económico y social o la defensa y pleno disfrute de los derechos fundamentales de las personas. Esta Ley ha incluido entre las modalidades de cooperación para el desarrollo la de educación y sensibilización social, que supone un proceso orientado a lograr la implicación de la sociedad, mediante el análisis crítico, en la defensa de los derechos humanos. Además se trata de un conjunto de actividades cuyo objetivo es informar y favorecer un mejor conocimiento sobre la realidad de la pobreza en todas sus manifestaciones, así como sobre las causas y consecuencias de los problemas vinculados al desarrollo desigual entre países.
Así, el III Plan Director de Cooperación para el Desarrollo plantea el reto de acabar con la pobreza y las desigualdades, promover un modelo de vida más sostenible social, económica y medioambientalmente, sin dejar a nadie atrás. En este sentido, las bases reguladoras se vinculan así también con los retos de la Educación para la Ciudadanía Global que concentra sus esfuerzos en desarrollar en los ciudadanos conocimientos, habilidades, valores y actitudes que permitan abordar los problemas globales que nos afectan.
2. Necesidad y oportunidad de su aprobación.
Esta Consejería considera necesario y oportuno, apoyar propuestas y proyectos de Educación para el Desarrollo y la Ciudadanía Global, que incidan en procesos para la promoción de una ciudadanía informada, comprometida, participativa y con visión crítica, con actitudes y valores capaces de generar cambios en sus propias vidas y en las de su comunidad, comprendiendo y siendo conscientes de su corresponsabilidad en las causas de las desigualdades, el incumplimiento de los derechos humanos y los problemas del desarrollo, comprometida local y globalmente. Para lo que se promoverán los conocimientos, habilidades, valores y actitudes que permitan abordar los problemas globales que nos afectan como sociedad, desde la solidaridad.
En este sentido, atendiendo al artículo 19.1.a) la Ley 9/2006, de 10 de octubre, de Cooperación al Desarrollo de Castilla y León, que señala “La disposición de fondos públicos” entre los medios para hacer efectivas las modalidades de cooperación para el desarrollo, una de las medidas de fomento a disposición de la Administración es la de otorgar ayudas o subvenciones.
En consecuencia, es preciso establecer unas bases reguladoras que determinen el régimen jurídico de las subvenciones que se pretenden conceder, tal y como dispone la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su artículo 9.2 que establece que con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de la concesión en los términos de esta ley.
Asimismo, la Ley 5/2008, de 25 de septiembre de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, establece en su artículo 6 que las bases reguladoras son disposiciones generales que desarrollan el régimen jurídico de cada subvención.
3. Objetivos de la norma.
Se pretenden establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro, que figuren inscritas en el Registro de Agentes de Cooperación al Desarrollo de Castilla y León, que gocen de plena capacidad jurídica y de obrar, que dispongan de una estructura susceptible de garantizar el cumplimiento de sus fines, y con sede permanente en la Comunidad de Castilla y León, y que tengan por objeto la financiación de proyectos de Educación para el Desarrollo y la Ciudadanía Global.
4. Posibles soluciones regulatorias y no regulatorias.
No se aprecia ninguna.
Fecha de publicación 26 de noviembre de 2020
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