Volver

(2020/12) Procedimiento para la elaboración de una orden de la Consejería de Educación por la que se establecen medidas en materia de ordenación y organización de las enseñanzas de idiomas, en la Cdad CyL. (Cerrado).

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento , se sustanciará una consulta pública.

A tal efecto se propone la consulta previa en el procedimiento para la elaboración de una orden de la Consejería de Educación por la que se establecen medidas en materia de ordenación y organización de las enseñanzas de idiomas, en la Comunidad de Castilla y León.

 

1. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.  

Ante la situación de emergencia producida como consecuencia de la pandemia originada por la COVID-19 es preciso establecer en la Comunidad de Castilla y León, medidas en materia de ordenación y organización de las enseñanzas de idiomas de régimen especial.

Analizadas las circunstancias concretas de la Comunidad, las medidas que se adoptan van referidas a la promoción en las citadas enseñanzas, así como a la obtención del certificado de competencia general de las mismas.

2.  Necesidad y oportunidad de su aprobación.

La Consejería de Educación considera necesario establecer medidas para adecuar las condiciones de promoción y de certificación en las enseñanzas de idiomas a la situación de emergencia producida como consecuencia de la pandemia originada por la COVID-19.

El Real Decreto-ley 31/2020, de 29 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la educación no universitaria, posibilita la aplicación de estas medidas.

3. Objetivos de la norma.

La presente orden tiene por objeto establecer medidas en materia de ordenación y organización de las enseñanzas de idiomas, en la Comunidad de Castilla y León. Será de aplicación en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad de Castilla y León.

4. Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

 No se aprecia ninguna.

 

 

Fecha de publicación 19 de noviembre de 2020

 

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 30 de noviembre de 2020.

¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?

No hay aportaciones