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(2020/11) Procedimiento para la elaboración de una Orden por la que se modifican las bases reguladoras de las ayudas complementarias para alumnos universitarios de CyL beneficiarios de las becas del programa Erasmus+. (Cerrado)

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de disposiciones de carácter general , se sustanciará una consulta pública.

Consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de una Orden por la que se modifican las bases reguladoras de las ayudas complementarias para alumnos universitarios de Castilla y León beneficiarios de las becas del programa Erasmus+, de movilidad con fines de estudio.

 

1. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

La modificación de la Orden EDU/897/2017, de 11 de octubre, por la que establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas complementarias destinadas a estudiantes universitarios de la Comunidad de Castilla y León que hayan resultado beneficiarios de las becas del programa Erasmus+, de movilidad  con fines de estudio, responde a la necesidad de:

a) Clarificar la gestión y tramitación de los pagos y de los procedimientos de reintegro de las ayudas, en su caso. 

b) Delimitar, a través de la remisión a la correspondiente convocatoria, a qué países deben pertenecer las instituciones de educación superior en las que los estudiantes realicen la movilidad, atendiendo a la vinculación de estos países al programa Erasmus+.

 

2. Necesidad y oportunidad de su aprobación.

La disposición adicional sexta de la Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León prevé que la Junta de Castilla y León fomente la movilidad de los estudiantes en el espacio europeo de enseñanza superior complementando, en su caso, los programas de becas y ayudas de la Unión Europea.

Con esta finalidad el artículo 46.bis de la Ley 3/2005, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras prevé que la Administración de la Comunidad de Castilla y León conceda subvenciones para fomentar la movilidad internacional de los estudiantes de educación superior de Castilla y León que podrán complementar las que reciban con el mismo fin de las Universidades o de otras entidades nacionales o internacionales. 

3. Objetivos de la norma.

Modificar la Orden EDU/897/2017, de 11 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas complementarias destinadas a los estudiantes universitarios de Castilla y León que hayan resultado beneficiarios de las becas del Programa Erasmus+, de movilidad con fines de estudio.

 

4. Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

No se aprecia ninguna otra solución regulatoria y no regulatoria.

 

Fecha de publicación 5 de noviembre de 2020

 

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 09:00 horas del 16 de noviembre de 2020.

¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?

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