En qué consiste
Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública.
A tales efectos, se promueve una consulta pública previa para la elaboración de una Orden por la que se regula el Sistema de Colaboración de los Circuitos Escénicos de Castilla y León.
a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
Mediante ORDEN CYT/937/2009, de 8 de abril, se reguló el Sistema de Colaboración de los Circuitos Escénicos de Castilla y León. A través de la aplicación de esta norma se ha conseguido asegurar una infraestructura base de los espacios escénicos integrados en el mismo, y con ello una programación estable y coordinada de los espectáculos de artes escénicas y musicales que se desarrollen en el ámbito de aquel. No obstante, la nueva regulación pretende mejorar el funcionamiento del Sistema de los Circuitos Escénicos de Castilla y León, incorporando para ello nuevos mecanismos de cooperación y coordinación interadministrativa que hagan posible un mejor aprovechamiento de los recursos públicos, así como adecuar el régimen regulado por la normativa anterior a las exigencias de calidad y profesionalización del sector de las artes escénicas y musicales.
b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.
Se hace necesaria una nueva regulación del Sistema de Colaboración de los Circuitos Escénicos de Castilla y León con el objeto de adecuar la normativa existente a las necesidades del sector, apoyando su estructura empresarial sirviendo con ello a la promoción de los profesionales de las artes escénicas de la Comunidad, cuya calidad y cercanía al territorio los convierte en una pieza fundamental del tejido cultural en las nueve provincias. Asimismo se pretende incorporar nuevos mecanismos de cooperación que consigan una optimización de los recursos dedicados y con ello el logro de una mayor calidad en la exhibición escénica y musical, garantizando que los ciudadanos que residen en el medio rural de Castilla y León puedan ejercer el derecho de acceso a la cultura en igualdad de condiciones.
c) Objetivos de la norma.
Con la futura Orden se pretende:
Facilitar a los ciudadanos de la Comunidad de Castilla y León el disfrute de las representaciones escénicas y musicales de mayor calidad artística y técnica, fomentando su formación en las distintas disciplinas artísticas, así como contribuir a la creación de nuevos públicos.
Se pretende fomentar la consolidación de los sectores de creación, producción y distribución de espectáculos de artes escénicas y musicales en Castilla y León, se persigue también diseñar una programación coordinada y estable entre los diferentes espacios escénicos integrados en los Circuitos Escénicos de Castilla y León, de manera que, con la optimización de los recursos dedicados se garantice una mayor calidad en la exhibición escénica y musical.
d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias
No se aprecia ninguna dentro del marco de la legalidad vigente.
Fecha de publicación 15 de octubre de 2020
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 09:00 horas del 26 de octubre de 2020.
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