En qué consiste
La Ley 7/2000, de 11 de julio, de Estadística de Castilla y León establece en su artículo 14 que el Consejo Asesor de Estadística de Castilla y León es el órgano consultivo de los servicios estadísticos de la Comunidad, y que su composición, organización y funcionamiento se determinarían reglamentariamente.
De conformidad con esta previsión legal se aprobó el Decreto 27/2001, de 1 de febrero, por el que se regula la constitución, composición, organización y funcionamiento del Consejo Asesor de Estadística de Castilla y León.
El apartado 1 del artículo 3 de este Decreto, dispone que forman parte del Consejo Asesor de Estadística, como Consejeros asesores, entre otros, tres representantes propuestos por las Cortes de Castilla y León.
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 18 de julio de 2018, ha adoptado el Acuerdo de no proceder a la ratificación ni a la renovación de los miembros de dicho Consejo Asesor, por entender que las Cortes de Castilla y León no deben tener representación en los órganos consultivos de la Administración Autonómica establecida en normas de rango reglamentario.
Por todo ello, resulta necesario modificar el Decreto 27/2001, de 1 de febrero, para realizar una modificación del Decreto 27/2001, de 1 de febrero, por el que se regula la constitución, composición, organización y funcionamiento del Consejo Asesor de Estadística de Castilla y León, para modificar su composición.
Fecha de publicación 1 de julio de 2020
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