Volver

(2020/03) Proyecto de decreto por el que se regula la gestión y transferencia de los resultados de las actividades de investigación, desarrollo e innovación obtenidos en el ámbito del servicio de salud de CyL. (Cerrado)

En qué consiste

El Estatuto de Autonomía de Castilla y León recoge, dentro de los principios rectores de las políticas públicas, la promoción y el fomento de la investigación científica, el desarrollo y la innovación tecnológica como prioridad estratégica para garantizar el progreso social y económico de la Comunidad. El artículo 70.1.23º atribuye a la Comunidad la competencia exclusiva en este área en coordinación con la investigación científica y técnica estatal y el artículo 74.4, dispone que la Comunidad promoverá la investigación biomédica y biotecnológica en el marco de sus propias instituciones sanitarias y de investigación.

El marco regulador general está constituido en la Comunidad de Castilla y León por la Ley 17/2002, de 19 de diciembre, de fomento y coordinación general de la investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica (I+D+i) en Castilla y León, y la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) 2014-2020, que es el documento de planificación de las políticas de ciencia y tecnología (I+D+i y Sociedad de la Información) de la Comunidad para dicho periodo.

La Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León contempla entre sus objetivos el fomento y la promoción de la investigación biomédica, biosanitaria y tecnológica así como la colaboración y cooperación con las universidades, organismos públicos de investigación y demás entidades públicas o privadas. Asimismo, dispone que la Gerencia Regional de Salud es un organismo autónomo adscrito a la Consejería de Sanidad, dotado de personalidad jurídica, patrimonio y tesorería propios, y con plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines e incluye entre sus funciones, artículo 28.1 k), la promoción de la investigación en ciencias de la salud en el ámbito de los centros, servicios y establecimientos sanitarios.

Los centros sanitarios del Servicio de Salud de Castilla y León son un gran foco de generación de conocimiento y un motor importante de la investigación e innovación, que contribuye a la mejora de los procesos organizativos y asistenciales y, en definitiva, de la calidad de vida de las personas.

Como consecuencia de las actividades de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), se están obteniendo resultados susceptibles de protección, a través de las distintas modalidades de propiedad intelectual e industrial, y de explotación mediante su transferencia al sector industrial, con el objeto de que lleguen a la sociedad y de que se obtengan unos beneficios que reviertan en la sanidad pública para poder seguir invirtiendo en I+D+i. 

Sin embargo, esta creciente actividad no se ha visto acompañada de un desarrollo normativo adecuado que regule y facilite los procesos de investigación y transferencia de tecnología y que incentive adecuadamente a los investigadores.

La Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, en su título IV se refiere a las invenciones realizadas en el marco de una relación de empleo o de servicio aplicable a los funcionarios, trabajadores y empleados del Estado, las comunidades autónomas, provincias, municipios y demás entes públicos. El artículo 21 establece el régimen jurídico de las invenciones realizadas por el personal investigador de los entes públicos de investigación y habilita a las comunidades autónomas para que desarrollen por vía reglamentaria regímenes específicos de participación en los beneficios para el personal investigador de los entes públicos de investigación de su competencia.

En materia de propiedad intelectual, la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, se refiere en la disposición adicional decimonovena a la compensación económica por obra de carácter intelectual generada por el personal de los centros de investigación y remite a las comunidades autónomas la regulación de las modalidades y cuantía de la participación del personal investigador de los centros públicos de investigación en los beneficios que se obtengan de la explotación o cesión de los derechos sobre la obra, en función de la importancia comercial y las aportaciones del propio empleado.

Por tanto, es el momento de que la Junta de Castilla y León haga uso de esas habilitaciones normativas y regule un régimen de gestión y transferencia de los resultados de la I+D+i en forma de patentes o de cualquier otro derecho de propiedad industrial o intelectual, que se producen en el ámbito de la Gerencia Regional de Salud.

Este decreto establece cómo han de ser la gestión y la transferencia de los resultados procedentes de las actividades de I+D+i que en el ámbito específico de sus funciones pueda obtener el personal que presta sus servicios en la Gerencia Regional de Salud, susceptibles de generar derechos de propiedad intelectual e industrial. La titularidad de dichos resultados y su explotación corresponden a ésta. No obstante, podrá ceder la titularidad al autor de la obra o invención y reservarse una licencia de uso no exclusiva, intransferible y gratuita con fines docentes, de investigación o asistenciales.

El autor o inventor está obligado a poner en conocimiento de la Gerencia Regional de Salud los resultados obtenidos y a colaborar con ésta para la adecuada protección y conservación de éstos.

El decreto regula las modalidades y cuantía de la participación en los beneficios obtenidos de la explotación de los resultados de los autores o inventores, una vez cobrados y deducidos los gastos de tramitación. Se trata de incentivar a quienes obtienen el resultado de forma directa y a quienes trabajan con ellos en la obtención y posterior explotación. El reparto de beneficios no tendrá naturaleza retributiva o salarial.

También contempla este decreto el supuesto de que la Gerencia Regional de Salud obtenga resultados como consecuencia de la colaboración con otras entidades, en cuyo caso la titularidad y condiciones de explotación habrán de ser acordadas por las partes.

Proyecto de decreto por el que se regula la gestión y transferencia de los resultados de las actividades de investigación, desarrollo e innovación obtenidos en el ámbito del servicio de salud de Castilla y León.

Fecha de publicación 13 de febrero de 2020

 

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 5 de marzo de 2020.

¿Desea realizar alguna aportación a este proyecto de decreto que regula la gestión y transferencia de los resultados de las actividades de investigación desarrollo e innovación obtenidos en el ámbito del Servicio de Salud de Castilla y León?

No hay aportaciones