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(2018/02) Procedimiento para la elaboración de una Orden para la regulación de la acreditación de los servicios de intervención con menores y jóvenes con consumo problemático de drogas. (Cerrado)

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la norma.

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento , se sustanciará una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, se propone la consulta previa en el procedimiento para la elaboración de una Orden por la que se regula la acreditación de los servicios de intervención con menores y jóvenes con consumo problemático de drogas y sus familias y de los servicios generales de información, orientación, apoyo y seguimiento a personas drogodependientes. Por tanto, la Comunidad de Castilla y León considera la oportunidad de elaborar un Orden por la que se regula la acreditación de los servicios de intervención con menores y jóvenes con consumo problemático de drogas y sus familias y de los servicios generales de información, orientación, apoyo y seguimiento a personas drogodependientes, atendiendo a lo siguiente:

a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

La complejidad de la intervención con familias en las que sus hijos presentan consumos problemáticos de drogas y de la colaboración que prestan los servicios generales de información, orientación, apoyo y seguimiento a personas drogodependientes a los centros específicos de tratamiento, hace necesaria su especialización, así como una organización y funcionamiento basada en criterios de calidad, que promuevan su permanente innovación y mejora, lo que se pretende garantizar con su acreditación por parte de la Consejería competente en materia de drogodependencias.

b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.

La acreditación permite verificar y reconocer, por parte de la Consejería competente en materia de drogodependencias, la calidad de las intervenciones desarrolladas por estos servicios y se constituye en requisito indispensable para la prestación de este servicio cuando esté financiado directa o indirectamente por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

c) Objetivos de la norma.

Establecer los requisitos y el procedimiento de acreditación de los servicios de intervención con menores y jóvenes con consumo problemático de drogas y sus familias y de los servicios generales de información, orientación, apoyo y seguimiento a personas drogodependientes.

d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Se considera que la disposición a desarrollar es la más adecuada respecto al ámbito que se pretende ordenar.

El plazo para realizar aportaciones a esta consulta previa finalizó a las 09:00 horas del 19 de febrero de 2018.

¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?

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