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(2017/06) Procedimiento para la elaboración de la orden de bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la ADE destinadas a la realización de proyectos de I+D+i por empresas (Cerrado)

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de las normas

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que establece que con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamentos, se sustanciará una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, se propone esta consulta previa en el procedimiento para la elaboración de la orden por las que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León destinadas a la realización de proyectos de I+D+i en Castilla y León.

1. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa:

Se pretende potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la Innovación, con el objetivo de mantener el apoyo a las empresas en la realización de actividades de I+D+i, en el contexto de la nueva Estrategia Regional de Especialización Inteligente (RIS3). El objetivo es mejorar la competitividad de las empresas, a través de la creación de productos, procesos, o servicios nuevos, o sustancialmente mejorados y realizados principalmente en un centro de trabajo ubicado en Castilla y León.

2. Necesidad y oportunidad de su aprobación

Incrementar la posibilidad de concurrir a la línea de proyectos de I+D a entidades regionales que han participado en programas y redes internacionales, con énfasis en las europeas, pero dada la elevada competitividad de estos programas, hay proyectos que aun siendo calificados como excelentes (designados así por una evaluación internacional transparente y altamente exigente) quedan sin financiación. Estos proyectos no podían concurrir a las líneas de financiación regionales porque no cumplían el efecto incentivador. Se añade así la posibilidad de financiar estos proyectos acogiéndose al Reglamento (UE) N.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. Incluir que los beneficiarios deberán contribuir financieramente al proyecto, al menos, en un 25% de los costes subvencionables, bien a través de sus propios recursos o bien mediante financiación externa exenta de cualquier tipo de ayuda pública, como requisito mínimo de viabilidad financiera del proyecto. Excluir, para los proyectos de colaboración efectiva entre empresas, las subcontrataciones con las empresas que forman parte de la colaboración y/o con cualquier otra que sea vinculada a las mismas, con el objeto de evitar financiaciones cruzadas. Aumentar el límite de los anticipos de subvención del 50% al 80% con el fin de facilitar a los beneficiarios la realización de los proyectos de I+D. Contemplar la posibilidad de justificación de determinados gastos mediante sistemas de costes simplificados, como los baremos estándar de costes unitarios, conforme al artículo 67 y 68 del Reglamento UE nº 1303/2013 de 17 de diciembre de 2013 por el que se establecen disposiciones comunes relativas a Fondos Estructurales. La adaptación normativa de la nueva orden a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, conforme a lo establecido en las disposiciones finales cuarta y quinta de esta Ley, y demás normativa que ha sido derogada.

3. Objetivos de la norma:

La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar la realización de proyectos de I+D+i, en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, con la finalidad de promover la competitividad del sistema productivo en Castilla y León, así como favorecer y dar apoyo financiero a la estrategia empresarial de innovación siendo un instrumento dinamizador y de apoyo a las empresas de la Región.

4. Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias:

No se aprecia ninguna.

El plazo para realizar aportaciones a esta consulta previa finalizó a las 14:00 horas del 23 de junio de 2017.

¿Qué opinas sobre estos cuatro aspectos?

No hay aportaciones