En qué consiste
La Ley Agraria ha previsto la existencia de los siguientes órganos consultivos en el ámbito agrario y agroalimentario de Castilla y León: el consejo agrario de Castilla y León, los consejos agrarios provinciales, el comité asesor agroalimentario de Castilla y León, el comité del cooperativismo agrario de Castilla y León y las mesas sectoriales.
Además de su adscripción a la Consejería de Agricultura y Ganadería, la Ley Agraria, respecto de cada uno de los órganos consultivos citados, determina su composición y funciones, remitiendo a un desarrollo reglamentario su constitución y organización. El presente decreto es ese desarrollo reglamentario.
El decreto prevé la aplicación a estos órganos colegiados de la normativa autonómica dirigida a dotar a los órganos de participación social de la Administración de la Comunidad, de herramientas de funcionamiento más ágiles en la adopción de acuerdos, es el caso de la Ley reguladora de los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de gestión pública, el Decreto de utilización de medios electrónicos y la Ley para la reforma de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
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