En qué consiste
La Consejería de la Presidencia ha iniciado los trámites para la elaboración de una nueva Ley de Función Pública de Castilla y León.
La experiencia acumulada en la aplicación de la normativa vigente sobre teletrabajo ha revelado la existencia de diversos puntos susceptibles de mejora en aspectos tales como la propia definición del teletrabajo, el ámbito de aplicación, los deberes del personal que presta sus servicios bajo esta modalidad, el baremo aplicable y, señaladamente, el procedimiento establecido para la autorización del teletrabajo, que se estima necesario simplificar.
A la vista de ello, se pretende actualizar la regulación de esta modalidad de prestación de los servicios con el fin de garantizar el cumplimiento de su finalidad fundamental –“contribuir a una mejor organización del trabajo a través de la identificación de objetivos y la evaluación de su cumplimiento”, tal y como establece la norma básica estatal–, sin perder de vista las múltiples posibilidades que el teletrabajo ofrece al personal al servicio de la Administración pública, como son la eliminación del tiempo y del coste invertido en los desplazamientos, la conciliación de la vida familiar y laboral o la mayor autonomía en el desarrollo de las funciones encomendadas.
¿Quiere realizar aportaciones al Decreto sobre teletrabajo para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León?
04/12/2024 • Sin comentarios •
Teletrabajo para aquellos puestos cuyo desempeño no implique necesariamente que se realice de forma presencial
04/12/2024 • Sin comentarios •
Valorar la distancia del domicilio al centro de trabajo
05/12/2024 • Sin comentarios •
Según la disposición transitoria primera una vez finalizada una prórroga de la concesión del teletrabajo, habría que esperar 9 meses para poder volver a solicitar el teletrabajo
02/12/2024 • 2 comentarios •
Abono de la totalidad o parte de la tarifa de conexión a Internet
02/12/2024 • 2 comentarios •
Trato discriminatorio en la baremación de la discapacidad y la dependencia
05/12/2024 • Sin comentarios •
No exigir el requisito de que el puesto desempeñado sea el inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud y primar la experiencia en el puesto.